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«La lucha contra el discurso de odio en Internet y las redes sociales: una llamada a la acción en México»


El discurso de odio en línea sigue siendo un problema grave en todo el mundo, y México no es la excepción. La ONU define el discurso de odio como cualquier tipo de comunicación que ataque o utilice un lenguaje peyorativo o discriminatorio hacia una persona o grupo en función de lo que son, como su religión, etnia, nacionalidad, raza, color, ascendencia, género u otras formas de identidad.

En el ámbito digital, este discurso se materializa a través de cualquier forma de expresión, incluyendo las caricaturas, memes, gestos y símbolos que se presenten de manera sesgada e intolerante, basándose en prejuicios de carácter despectivo o humillante.

Aunque el discurso de odio se contempla de forma genérica en instrumentos jurídicos como la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, el Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, aún falta una regulación de contenidos en línea. Esto ha llevado a un aumento del ciberacoso en todo el mundo: en YouTube, el 79% de los niños y el 40% de los adultos son víctimas de acoso; en Facebook, el 50% de los jóvenes; y en TikTok y Snapchat, el 69% de los usuarios.

La Unión Europea es uno de los pocos países que han decidido regular los contenidos ilícitos en la red (Recomendación 2018/334), pero en la mayoría de los Estados aún continúa aplicándose la autorregulación de las plataformas. Twitter, por ejemplo, ha logrado disminuir el contenido de discursos de odio en la red a través de un sistema de alertas mediante algoritmos digitales.

En México, la discriminación está prohibida en el artículo 1° constitucional, pero esto no equivale a prohibir el discurso de odio. Según la SCJN, el discurso de odio representa la mera expresión de una idea o una opinión que genera un clima de discriminación y violencia, propiciando espacios de impunidad para las conductas violentas. A nivel local, el artículo 206 del Código Penal para la CDMX sanciona de uno a tres años de prisión y multas a quien provoque o incite al odio, la violencia o la exclusión social.

A pesar de estas medidas, alrededor de 9,7 millones de mujeres y 8 millones de hombres en México siguen siendo víctimas de ciberacoso y otras conductas como intolerancia, clasismo, homofobia, racismo, sexismo y xenofobia.

Una regulación coordinada entre los Estados y las plataformas que sirva de fundamento para moderar o eliminar contenidos en la red, que se consideren contrarios a la dignidad y a la igualdad humana, además de códigos de conducta, estrategias educativas y formativas, se vislumbran como una posible solución a este problema. Sin embargo, es importante respetar la libertad de expresión y no promover la censura, sino regular contenidos solo cuando estos afecten los derechos personales, fomenten o inciten al odio y a la violencia.


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