Negocios

«El papel del Juez Familiar de Proceso Oral en la autorización de viajes de menores de edad»


El Poder Judicial de la Ciudad de México (PJCDMX), presidido por el magistrado Rafael Guerra Álvarez, puede intervenir en casos en los que un progenitor se niega a otorgar autorización para la salida del país de un hijo o hijos, según explicó el juez Quinto de Proceso Oral en Materia Familiar, Jorge Rodríguez Murillo. En estos casos, los jueces consideran los motivos para la salida de los menores, las pruebas presentadas por el padre o madre solicitante, incluso testimoniales, y garantizan el derecho de audiencia al progenitor que se opone.

Rodríguez Murillo destacó que todo niño, niña o adolescente tiene derecho a conocer otras culturas, viajar por cuestiones de salud, educación e incluso esparcimiento. Solo pueden salir del país con la autorización de ambos progenitores; cuando uno de ellos se niega, la ley deja la decisión al impartidor de justicia familiar de la Ciudad de México.

El juez señaló que el padre o madre solicitante debe acreditar ante el juez la relación filial con el menor y que este tipo de juicio se da en un contexto de familias conflictuadas y padres con una relación resquebrajada. El impartidor de justicia debe resolver con base en el principio pro persona, lo que mejor convenga y proteja a las niñas, niños y adolescentes, a partir de sus derechos estipulados en tratados internacionales y la Constitución.

La jurisdicción voluntaria inicia con el escrito inicial, para posteriormente fijar una audiencia en la que se aportará prueba documental como pre compras de boletos de avión, pre contratación de hospedaje del lugar a donde estará el menor de edad, documentación sobre cómo se pagará el viaje, y en esencia discernir a dónde va, por qué va, en donde permanecerá, por cuánto tiempo y cómo se sufragarán sus gastos. También se señalará otra audiencia en la que el juez recabará información testimonial de parte del solicitante y se le dé al juez la información detallada sobre el viaje; se escuchará al padre o madre que manifiesta oposición, a fin de dejar a salvo sus derechos.

El juez recomendó a aquellos padres que piensen salir al extranjero con sus menores de edad con el consentimiento de un impartidor de justicia, sometan la jurisdicción voluntaria con tiempo, ya que, desahogadas las audiencias, éste tiene un plazo de hasta 15 días para emitir su resolución.


Source link

Publicaciones relacionadas

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Botón volver arriba